Cómo entender tu nómina

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En esta ocasión desde En Letra Grande presentamos una nómina ordinaria. Un documento que recibe todo trabajador por cuenta ajena.

Por definición, la nómina es el recibo que la empresa tiene la obligación de proporcionar mensualmente a sus trabajadores y en el que se indica cuál es el salario que percibe el empleado y cuáles son las deducciones que se le realizan.

Cualquier nómina se estructura y descompone en los mismos apartados, los cuales se explican en el documento que ponemos de ejemplo en la página En Letra Grande y que se puede ver aquí.

En la parte superior deben aparecer los datos que identifican a la empresa: el nombre, el domicilio, el CIF y el Código de Cotización a la Seguridad Social. Junto a esta información ha de visualizarse la del empleado: el nombre, el NIF, el Número de afiliación a la Seguridad Social, -que al igual que en el caso del Código de Cotización de la empresa sirve para que la Tesorería General de la Seguridad Social tenga identificada a la persona-, el Grupo de Cotización y la Categoría profesional, que van directamente relacionados con el salario del trabajador, y el Número del Libro de matrícula, que es simplemente un código que se le asigna al trabajador cuando comienza a trabajar en la empresa, sin ser actualmente obligatorio.

Junto a estos datos destacados que encabezan el documento, se especifica el periodo de liquidación de la nómina, es decir, las fecha de inicio y de fin en las que el trabajador ha desempeñado la actividad profesional por la que se le paga.

A continuación encontraremos dos áreas diferenciadas, por un lado los Devengos, que hacen referencia a las cantidades que el trabajador percibe de la empresa, y por otro las Deducciones, que son las cantidades que se le retienen o deducen del salario.

Una vez expuestas todas las percepciones, aportaciones e impuestos se muestra el Total a percibir, denominado “Total Líquido”, donde se puede ver “A – B” significándose que A es el Total devengado y, B es el Total deducido, dando como resultado la cuantía que la empresa le ingresará al trabajador por el periodo de trabajo indicado. Lo siguen la firma y el sello de la empresa, junto a lo cual el trabajador tiene que firmar que ha recibido la cantidad que se especifique en el Total Líquido a percibir.

Generalmente, ya en la parte final de la nómina, se determinan las Bases de Cotización a la Seguridad Social, la base salarial sujeta a retenciones (la deducción del IRPF), y otros conceptos de recaudación, como las deducciones para el desempleo, la formación profesional y el Fondo de Garantía salarial, el conocido como Fondo de las pensiones.

Todos estos apartados han de recogerse en cualquier nómina, indiferentemente del tipo de contrato o del salario que cobre el empleado. Sin embargo, podemos encontrarnos ante casos de nóminas extraordinarias, que por lo general y en los casos que no están prorrateadas, se reciben dos al año, una en julio y otra en diciembre, y la única diferencia está en el cuadro de las percepciones salariales haciendo referencia a las gratificaciones extraordinarias, como el nombre de la propia nómina indica. También puede darse el caso de que el empleado se encuentre de baja por enfermedad, entonces en la nómina se va a incluir una cuantía de prestaciones o indemnizaciones de la Seguridad Social que se encuadrará dentro de las percepciones no salariales, refiriéndose al sueldo que cobrará el trabajador por los días que permanezca de baja.

En definitiva, en este documento se encuentra toda la información que atañe a nuestro contrato en relación con la Seguridad Social y con nuestro salario.

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