España no destina ayudas a la banca desde 2014

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España no destina ayudas a la banca desde 2014

15/11/2017 | Europa Press

 

España no destina ayudas al sector financiero desde el año 2014, si bien las sumas totales de ayudas públicas destinadas durante la crisis a la recapitalización y rescate de entidades en España fue superior a la media de la UE en el periodo 2008-2015, al suponer un porcentaje del 9,03% sobre el PIB de 2008 (unos 90.000 millones de euros), frente a un 5,17% en la UE.

Así figura en el Informe Anual de Ayudas Públicas de 2017, publicado este martes y elaborado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que refleja que en España no se otorgaron ayudas al sector financiero en 2015, y en el conjunto de la UE el importe total dedicado ese año a la banca fue reducido (0,08% del PIB).

En concreto, en 2015 no se registraron importes en medidas de recapitalización, rescate de activos deteriorados y otras medidas de liquidez, solo un importe del 0,55% del PIB de garantías que se debe a la particular forma de cómputo de estas medidas, que consigna en cada ejercicio como ayudas otorgadas en el mismo el saldo medio vivo de las obligaciones aseguradas, quedando vivo todavía un importe de 6.100 millones de euros.

No obstante, España ocupa el séptimo lugar -por detrás de Irlanda, Chipre, Bélgica y Eslovenia- en cuanto al volumen de PIBdedicado durante la crisis (2008-2015) a la adopción de medidas de recapitalización de entidades y el rescate o protección de activos deteriorados, con un 9,03% del PIB de 2008, frente a un 5,17% en el conjunto de la UE.

El Banco de España, en su informe sobre la crisis financiera y bancaria en España 2008-2014, de mayo de 2017, cifra el importe de las ayudas de capital ya recuperadas en 3.466 millones de euros.

Por su parte, en la UE se redujeron las ayudas a la banca en 2015, aunque no ha sido drástica la disminución por la diversidad geográfica y se registraron medidas de recapitalización en Grecia, Chipre, Italia y Portugal. En el conjunto de la UE-28, se dedicaron entre 2008 y 2015 un total de 654.000 millones de euros, según datos del Marcador de ayudas 2017.

ESPAÑA, EL PAÍS EUROPEO CON MENOS AYUDAS REGULARES

Respecto a las ayudas regulares, aquellas no destinadas al sector financiero ni al ferroviario, el informe refleja que España cerró el año 2015 como el último país de la UE-28 en porcentaje del PIB. En concreto, en 2015 dedicó 2.665,14 millones a esas ayudas, el 0,25% del PIB español, frente a los 98.230,98 millones de la UE, el 0,67% del PIB comunitario.

Dentro de las ayudas regulares se encuentran las ayudas horizontales y sectoriales, que difieren en su impacto distorsionador. Las primeras son aquellas que pueden beneficiar a cualquier sector y tratan de resolver fallos de mercado, mientras que las sectoriales son las que benefician a una concreta actividad productiva y presentan un potencial distorsionador mucho más elevado al dirigirse a sostener, por razones externas a la eficiencia económica, sectores productivos que no resultan competitivos y que, a menudo, se encuentran «sobredimensionados».

El peso de las ayudas sectoriales sobre el total de ayuda regular concedida es mayor en España que en el conjunto de la UE. Además, mientras en la UE-28 la senda es decreciente desde 2009, estabilizándose en el año 2015, en España el peso de estas ayudas sectoriales se incrementa de un 30% hasta casi un 45% en 2013, reduciéndose en 2014 al 40% y alcanzando el 52,5 en 2015.

Así, del total de ayudas regulares de 2015, el 47,5% eran horizontales (1.266,18 millones) y el 52,5% sectoriales (81.398,96 millones), representando el 0,12% y el 0,13% del PIB, respectivamente.

De su lado, las ayudas a industria y servicios fueron de 659,56 millones, el 0,06% del PIB (24,7% del total), frente a los 613 millones de agricultura, pesca y desarrollo rural, el 0,06% del PIB (23% del total) y los 126,42 millones de la ayuda para el transporte, el 0,01% del PIB (4,7% del total).

NOVEDADES REGULATORIAS

En cuanto a las novedades normativas, resoluciones administrativas y judiciales impulsadas por las autoridades de la UE en 2016, la CNMC destaca la comunicación de la comisión relativa al concepto de ayuda estatal, que «pretende contribuir a una aplicación del concepto más sencilla, transparente y coherente, conforme a la jurisprudencia del TJUE».

Así, valora que aclara elementos como empresa y actividad económica, imputabilidad de la ayuda al Estado, financiación mediante fondos estatales, concesión de una ventaja, selectividad de la ayuda y su efecto sobre la competencia e intercambios comerciales entre Estados miembros. Además, también ofrece aclaraciones con respecto a la financiación pública de infraestructuras.

También destaca la revisión del reglamento general de exención por categorías (ayudas estatales) por el que se amplía su ámbito de aplicación a puertos y aeropuertos, así como la inclusión de las decisiones más representativas para España en materia de ayudas de Estado.

En este sentido, cita las relativas a telecomunicaciones y asuntos fiscales, al tiempo que valora que en materia fiscal el TJUE haya ampliado «ostensiblemente» el concepto de selectividad de una medida de ayuda, en línea con la Comisión Europea.

Respecto a las iniciativas de la propia CNMC, recuerda la elaboración del documento metodológico para la evaluación de ayudas públicas, que describe las ventajas e inconvenientes derivados de la concesión de ayudas, y analiza el impacto que éstas tienen sobre la competencia efectiva, la eficiencia y las finanzas públicas, y los informes sobre ayudas al despliegue de redes de banda ancha y del sector de la energía, entre otros.

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